Con el desastre desatado con las inundaciones y con tanta lluvia, FEMA, decidió emitir un comunicado para el manejo de escombros generados por el Huracán Harvey. La cantidad de casas siniestradas ha obligado que el proceso de recuperación sea crítico y sea importante. La gráfica habla por si sola, explica de manera contundente como se debe colocar todo afuera de su vivienda para que el personal encargado lo recoja de una manera eficiente y rápida.
A continuación desplegamos los detalles del comunicado.
El recogido de escombros es el acto de remover, recopilar y/o tener disposición de artículos como árboles, arena, gravilla, componentes de construcción, restos, vehículos y propiedad personal. Los fondos de Asistencia Pública están disponibles para los solicitantes elegibles a cubrir las funciones de remoción, recopilación y disposición de escombros. Los solicitantes elegibles incluyen a los gobiernos estatales y locales, tribus indígenas y ciertas organizaciones privadas sin fines de lucro. Para ser elegible para recibir fondos de FEMA, el trabajo de recogido de escombros tiene que:
Ser un resultado directo de un desastre declarado por el Presidente;
Ocurrir en el área designada como zona de desastre; y
Ser la responsabilidad del solicitante al momento del desastre.
Además, el trabajo de recogido de escombros tiene que ser necesario para:
Eliminar una amenaza inmediata a la vida, salud y seguridad pública;
Eliminar amenazas inmediatas de daño significativo a la propiedad pública o privada mejorada; o
Garantizar la recuperación económica de la comunidad afectada para beneficio de la comunidad en general.
Ejemplos de actividades elegibles de recogido de escombros incluyen:
Recogido de escombros de una vía publica para permitir el paso seguro de vehículos de emergencia; y
Recogido de escombros de propiedad privada para eliminar amenazas a la salud y seguridad pública.
Ejemplos de actividades no elegibles para recogido de escombros incluyen:
Recogido de escombros, ramas y troncos de árboles, de la propiedad de un solicitante que no haya sido mejorada o de terreno sin desarrollar;
Recogido de sedimento existente antes del desastre en canales creados por el hombre;
Recogido de escombros de un canal natural a menos que el escombro represente una amenaza inmediata de inundación a la propiedad mejorada;
Recogido de escombros de terrenos o instalaciones federales que sean autoridad de otra agencia o departamento federal, como carreteras realizadas con asistencia federal, aguas navegables de USACE, y canales de NRCS. Para una descripción de estas autoridades, refiérase a la Hoja de Datos de Asistencia Pública 9580.202, Autoridades para el Recogido de Escombros de Otras Agencias Federales.