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A partir de hoy ningún inmigrante podrá ser deportado solo por estar indocumentado

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A partir de hoy ningún inmigrante podrá ser deportado solo por estar indocumentado

Desde este lunes 29 de noviembre ningún inmigrante indocumentado (no ciudadano) podrá ser deportado por no tener papeles de permanencia legal en Estados Unidos, de acuerdo con el reglamento publicado a finales de septiembre en el Registro Federal (diario oficial estadounidense).

A partir de este lunes 29 de noviembre ningún inmigrante indocumentado (no ciudadano) podrá ser deportado por ser indocumentado (no tener papeles de permanencia legal en Estados Unidos) de acuerdo con el reglamento.

Publicado en el Registro Federal el 29 de septiembre, la norma otorgó un plazo de 60 días para el comentario público en cumplimiento con la Ley de Procedimiento Administrativo (APA).

“Ese plazo vence hoy, por esa razón a partir de este día oficialmente ningún extranjero podrá ser deportado sólo por ser indocumentado”, dijo Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles (California).
Gálvez dijo que la espera de 60 días para la entrada en vigor del nuevo reglamento de nuevas prioridades de deportación “evita demandas por parte de detractores de la política de Biden, quienes insisten en restablecer la política migratoria de ‘tolerancia cero’” que entre enero de 2017 y enero de 2021 criminalizó la estadía indocumentada.

La regla de Biden para deportación de indocumentados

Las nuevas prioridades de deportación fueron anunciadas en enero, pero un juez de distrito de Texas las detuvo en agosto en respuesta a una demanda entablada por los estados de Luisiana y Texas, quienes alegaron que la política migratoria de Biden violaban la APA.

Pero en septiembre un panel de jueces de la Corte de Apelaciones del 5to Circuito halló que el gobierno federal había demostrado que, probablemente, tendría éxito en su apelación basándose en el hecho de que la orden judicial emitida en agosto limita a los funcionarios a depender de prioridades de directivas para decisiones que no están relacionadas con las detenciones.

“El gobierno tiene potestad para tomar las prioridades sobre a quien van a detener y a quien no”, dijo José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida).

“Ley de 1996 nunca determinó que ICE tenía la capacidad para determinar prioridades, es una competencia del gobierno”, apuntó.

El panel dijo además que “no vemos una justificación sólida para concluir que la ley de Inmigración de 1996 (Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996) anula la tradición arraigada de discreción en la aplicación cuando se trata de decisiones que ocurren antes de la detención, como quién debe ser sujeto a los procedimientos de arresto, detención y deportación».

Las prioridades de deportación de Biden

Para DHS, los indocumentados detenidos en la frontera después del 1 de noviembre del 2020 o que están indocumentados en el país y no demuestren que están en territorio estadounidense antes del 1 de noviembre del año pasado o tienen una orden de deportación vigente, están dentro de las prioridades de deportación.

Eso significa que, si los detienen o caen en manos de los agentes del servicio de inmigración o de policías que colaboran con la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (ICE), lo más probable es que el gobierno inicie un proceso de expulsión del país.

ESTAS SON LAS PRIORIDADES DE DEPORTACIÓN DEL GOBIERNO

En enero el DHS anunció, con efecto inmediato, cuatro categorías de prioridades de deportación, siendo estas:

· Prioridad 1. Seguridad nacional. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

o Él o ella ha participado o es sospechoso de participar en actos de terrorismo o relacionados con actividades terroristas;

o Él o ella se ha involucrado o es sospechoso de participar en actividades de espionaje o relacionadas con actividades de espionaje; o

o Su aprehensión, arresto o custodia es necesaria para proteger la seguridad nacional de Estados Unidos.

· Prioridad 2. Seguridad fronteriza. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

o Fue detenido en la frontera o en un puerto de entrada mientras intentaba entrar ilegalmente a Estados Unidos a partir del 1 de noviembre de 2020; o

o él o ella no estuvo físicamente presente en Estados Unidos antes del 1 de noviembre de 2020.

· Prioridad 3. Seguridad pública. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

o Representa una amenaza para la seguridad pública y;

o Él o ella ha sido condenado por un delito grave según se define en la sección 101 (a) (43) de el INA; o

o Ha sido condenado por un delito por el que estuvo activa participación en una pandilla criminal callejera, como se define en 18 U.S.C. § 521 (a) no menor de 16 años y participó intencionalmente en un crimen organizado pandilla u organización criminal transnacional para promover la actividad ilegal de la pandilla u organización criminal transnacional.

Las excepciones
Las prioridades, además, establecen que:

PRIORIDADES DE DEPORTACIÓN

EXCEPCIONES
· Los agentes deben evaluar si el no ciudadano “actualmente representa una amenaza para la seguridad pública», así como “la extensión, seriedad y actualidad de la actividad delictiva” cometida por el extranjero antes efectuar una deportación;

· También deben considerar factores atenuantes, tal como circunstancias familiares, factores médicos y de salud, vínculos con la comunidad, evidencia de rehabilitación, y si el individuo tiene disponible ayuda migratoria potencial;

· Los agentes también deben basar sus conclusiones sobre la participación intencional en un crimen organizado, pandilla u organización delictiva transnacional sobre la base de pruebas fiables y consultar con otras agencias federales involucradas para llegar a esta conclusión;

· Los agentes deben prestar especial atención en los casos que involucran a no ciudadanos que son ancianos o que padecen una enfermedad física o mental grave.

· Las órdenes de deportación deben tener una razón de peso.

Tenga listo un Plan B

Pero a pesar de las prioridades, Gálvez dice que “aquellos inmigrantes que han cometido errores y temen ser detenidos y puestos en proceso de deportación, deben tener listo un Plan B en caso deban utilizarlo para batallar por sus permanencias en Estados Unidos”.

“Aunque haya cometido delitos, las prioridades indican que el DHS analizará la totalidad de los antecedentes de un inmigrante antes de colocarlo en deportación. Pero para salir airoso en este proceso, el indocumentado debe ayudarse a sí mismo aportando toda la información posible que permita inclinar la balanza a su favor”, agregó.

Gálvez citó una serie de factores favorables que considera el DHS en un caso de deportación, entre ellos:

Años de permanencia en Estados Unidos (antes del 1 de noviembre del 2020;
Matrimonio;
Pago de impuestos;
Hijos; y
Recomendaciones.
“Pero, sobre todo, ante cualquier duda, hable con un abogado. En estos casos delicados el indocumentado que tenga antecedentes criminales debe buscar consejo legal pata luchar por sus derechos de permanencia”, precisó.

Fuente JORGE CANCINO

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