La cláusula se incluía en la Sección 8 del Código de Estados Unidos (US Code), que establece multas y penas de cárcel severas a quienes resulten culpables de diseñar un plan o artificio para defraudar, o para obtener dinero o bienes mediante pretensiones, representaciones o promesas falsas o fraudulentas.
La Corte Suprema de Estados Unidos escuchó este martes los argumentos orales de abogados defensores y detractores de una clausula de la Ley de Inmigración (INA) suspendida en 2018 que castiga a quienes brinden ayuda o asistencia a extranjeros indocumentados para venir y/o quedarse en Estados Unidos.
“Va a ser muy difícil poder implementarla si es que el máximo tribunal de justicia decide reactivar la cláusula”, dijo a Univision Noticias Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California. “Porque deberá determinar cómo se aplicará, cómo se determinará cuando una persona a sabiendas, está ayudando o tuvo la intención de ayudar a venir a un extranjero de manera indocumentada. Eso será muy difícil y confuso”, apuntó.
En diciembre de 2018 un panel de jueces de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito anuló la cláusula que castigaba una amplia gama de declaraciones relacionadas con la inmigración indocumentada.
La revocación
Los jueces revocaron una sentencia emitida en 2010 contra Evelyn Sineneng-Smith, quien fue declarada culpable de fraude después de que los fiscales dijeran que falsamente dijo a inmigrantes que podían obtener la residencia permanente bajo un programa que ella sabía que había expirado.
El fallo estableció que animar o inducir a un indocumentado a permanecer en Estados Unidos no pude ser utilizado como argumento para criminalizar a una persona, e indicó que la provisión afectaba la Primera Enmienda de la Constitución al penalizar una expresión.
La cláusula se incluía en la Sección 8 del Código de Estados Unidos (US Code), que establece multas y penas de cárcel severas a quienes resulten culpables de diseñar un plan o artificio para defraudar, o para obtener dinero o bienes mediante pretensiones, representaciones o promesas falsas o fraudulentas.
La ley había convertido en un crimen grave el que las personas alienten a un inmigrante a ingresar o vivir en Estados Unidos si sabían de antemano que el individuo que recibe el consejo lo hacía ilegalmente.
La apelación
El gobierno apeló el año pasado el fallo de la Corte de Apelaciones. Le pidió a la Corte Suprema que revise la sentencia con el propósito de activar la cuestionada sección, y poder castigar a personas, como dice la cláusula suspendida, que den asistencia a indocumentados para venir y quedarse en el país.
En sus argumentos, el Departamento de Justicia alegó que la ley federal penaliza el albergar, transportar y ocultar indocumentados no ciudadanos, además de sancionar el ayudar, incitar y conspirar para cometer tales delitos.
Pero los abogados advierten que la definición de “ayudar” es demasiado amplia, e incluso podría ser malinterpretada y afectar un enorme segmento de población, “entre ellos ciudadanos estadounidenses casados con indocumentados”, indica Gálvez.
“Para determinar si constituye falta o crimen el tratar de ayudar o asistir a una persona indocumentada, hay que estar consciente que se va a aplicar de una misma manera a todos y no solo a unos pocos en la frontera”, agrega.
Gálvez señala además que “la Corte también deberá tener en cuenta qué sucederá en el caso de una persona que va manejando su carro y lleva a bordo a compañeros de trabajo. O a su esposa, sus hijos indocumentados. O si le rentó una propiedad a alguien y resulta que esa persona no tiene papeles. ¿Cómo sabrá el gobierno que lo hizo a propósito? ¿Y si resulta que el matrimonio es legal y están casados por amor y no lo hicieron con el propósito de violar la ley?”, preguntó.
“Como le digo, será muy difícil resolver este dilema. Porque cuando una persona comete un delito, tiene que probarse o reconocer ella que esta cometiendo un crimen”.
Medida controversial
Para el abogado de inmigración José Guerrero, quien ejerce en Miami, Florida, “si el máximo tribunal de justicia reactiva la cláusula, la ejecución de la medida podría incluso castigar a personas inocentes que de buena fe ayudaron o asistieron a un extranjero y enfrentar cargos criminales”.
“Lo que se debatió en el 2018 ante la Corte de Apelaciones del 9º Circuito fue que estas personas (el caso Evelyn Sineneng-Smith) no hicieron nada incorrecto”, agregó.
Guerrero dijo además que “si la Sección vuelve, afectará también a familiares que obtuvieron la residencia y deben salir de Estados Unidos para realizar el trámite consular. En la entrevista los agentes pueden determinar que el familiar residente o ciudadano los trajo de manera ilegal y les formulará cargos criminales por contrabando de personas”.
“Se trata de una revisión clave que puede tener muchas consecuencias negativas para la comunidad inmigrante”, agregó Guerrero.
Daños colaterales
El reglamento suspendido en 2018, por ejemplo, “haría ilegal que una abuela inste a su nieto a ignorar los límites de su visa al alentarlo a permanecer en Estados Unidos”, dijo el juez A. Wallace Tashima a The Associated Press en aquella ocasión.
Además, agregó, un discurso dirigido a una multitud que aliente a todos en el país a permanecer ilegalmente, también podría llevar a un proceso penal, añadió Tashima. «Criminalizar expresiones como esta, amenaza a casi cualquiera que esté dispuesto a participar en el debate», dijo.
Sineneng-Smith operaba una consultora de inmigración en San José, California, y sus clientes eran casi en su totalidad nativos de Filipinas. La mayoría de ellos solicitaron autorización para trabajar y un ajuste de estatus a residente legal permanente.
El problema fue que el proceso de Certificación Laboral había expirado el 30 de abril de 2001 y todos aquellos inmigrantes que llegaron al país después del 20 de diciembre del 2000 no fueron elegibles para recibir la residencia legal permanente a través del programa.
El programa se conoce como Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y fue activado al término del gobierno de Bill Clinton, entre el 20 de diciembre de 2000 y el 30 de abril de 2001. El plan benefició a unos 640,000 indocumentados, la mayoría originarios de México quienes ajustaron sus estados de permanencia por medio de peticiones familiares y laborales.
Sineneng-Smith sabía que el programa había expirado. Ella, sin embargo, continuó firmando y cobrándole a sus clientes -entre 2001 y 2008-, a quienes les decía que podrían obtener tarjetas verdes a través de Certificaciones Laborales.
La acusación
El 14 de julio de 2010 un gran jurado acusó a la gestora Evelyn Sineneng-Smith de inducir a un extranjero a residir en el país a sabiendas de que no calificaba, y que la solicitud de residencia estaba en violación de la ley.
Tras un juicio de doce días, el jurado la encontró culpable de tres cargos por fraude por correo. La mujer apeló la sentencia argumentando que los cargos en su contra debían ser desestimados.
La corte dijo que el crimen que se alegaba en este caso “se encuentra arraigado en el discurso cuando se llevó a cabo un trabajo de consultoría de inmigración a nombre de extranjeros y sus empleadores” con el objetivo de solicitarle un beneficio al gobierno.
El panel también dijo que, “si un acusado fue condenado por ayudar e instigar una ofensa civil, no tenemos conocimiento de ningún caso que defienda un estatuto que restringe dicho discurso. Por lo tanto, aunque sea cierto, el discurso constituiría una ayuda e instigación cuando se dirija hacia la comisión de un delito”.
Advirtió además que la presencia no autorizada en el país sigue siendo una “violación civil y no un delito”.
Los grandes beneficiados
“Fallo justo”, dijo Lilia Velásquez, profesora adjunta de la facultad de leyes de la Universidad de California, en San Diego, tras conocer la decisión de la Corte de Apelaciones en 2018.
“Independientemente de lo que dice la 1ª Enmienda de la Constitución, sobre la libre expresión, estamos hablando de consejos que también puede dar una madre, una abuela o cualquier otro familiar. No significa que esa recomendación sea para alentar que se cometa un delito, sino para protegerlo, cuidarlo, o ayudarlo”, dijo.
Velásquez señala además que “la razón de ese consejo de ‘quédate aquí, porque si te regresas te pueden matar’, no tiene la intención de violar la ley, sino proteger la dignidad humana. A eso apuntó el fallo de la Corte de Apelaciones”.
La abogada de inmigración con más de 30 años de ejercicio en el estado de California dijo además que, la decisión del panel que anuló la cláusula, ayudó a miles de casos que se estaban ventilando en las cortes de inmigración.
“Tenemos juicios en donde las personas están peleando una cancelación de deportación -un remedio para personas sin documentos- donde les preguntan qué harán con sus hijos, dónde los van a dejar, si se quedarán en Estados Unidos o se los van a llevar. Si el inmigrante dice que lo dejará aquí, es lo mismo. La decisión que toma un padre siempre será por el bienestar de un hijo”, agregó.
“En muchos casos no existe la intención de violar la ley de Estados Unidos. Ese es el alcance del fallo” de la Corte de Apelaciones de 2018, apuntó.
Temores fundados
Los abogados consultados por Univision Noticias dicen que, si la Corte Suprema revierte la decisión de la Corte de Apelaciones, el gobierno tendrá en sus manos una poderosa herramienta para castigar y deportar inmigrantes, incluso quienes estén legalmente en el país y sean declarados culpables de haber ayudado a un indocumentado.
“Este es un tema que se debate desde hace muchos años”, dice Velásquez. “Y aunque se trate de una causa de carácter civil, tiene serias consecuencias migratorias para una persona”, advierte.
“La violación civil es más seria que una posible condena penal”, agrega. “Porque si una persona es declara culpable de haber ayudado a alguien a venir o permanecer indocumentado, y lo vinculan con una cadena de tráfico, en ese caso le pueden abrir un proceso de deportación y, en la mayoría de las veces, el individuo hallado culpable recibirá un castigo de por vida, porque será expulsado y nunca más podrá regresar a Estados Unidos”, concluyó.
Fuente: JORGE CANCINO