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Indocumentados que llevan más de 10 años en EEUU sin orden de deportación pueden recibir la ‘green card’

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Indocumentados que llevan más de 10 años en EEUU sin orden de deportación pueden recibir la ‘green card’

Abogados consultados por Univision Noticias explicaron que, “si bien se trata de un programa vigente, es difícil calificar. Hay que demostrarle al juez de inmigración que la deportación causará un sufrimiento extremadamente alto a un familiar inmediato».

Para los inmigrantes indocumentados que llevan tiempo en Estados Unidos, carecen de antecedentes criminales y no tienen orden de deportación existe un beneficio migratorio disponible que, si es otorgado, califican para recibir la residencia legal permanente (green card o tarjeta verde).

Pero para ganar un proceso deben cumplir con una serie de requisitos además de los señalados, entre ellos, carecer de antecedentes criminales demostrar ante un juez que su deportación causaría un sufrimiento extremo y extraordinario familiares inmediatos tal como a un cónyuge ciudadano o residente o un hijo estadounidense menos de 21 años.

“Para calificar a este beneficio, el inmigrante no puede tener orden de deportación previa”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California. “Se pide en la Corte de Inmigración y sólo un juez puede otorgar la cancelación de deportación a través del proceso conocido como 42B”, agregó.

La Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración, EOIR) publicó un folleto en su página digital proporcionando “información básica sobre la elegibilidad para la cancelación de deportación”, un beneficio limitado, pero que se utiliza en casos extremos.

El recordatorio también advierte algo importante: informa a las personas sobre el límite de 4,000 cupos de visa de inmigrante por año “que puede resultar en que su solicitud de cancelación no sea aprobada durante varios años”, señaló la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA).

La entidad dijo que, por ahora, “el folleto sólo está disponible en inglés, pero se publicará en otros idiomas en el futuro”. También tiene códigos QR que enlazan a importantes páginas web tanto de la EOIR como de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

Quiénes califican para la cancelación de deportación

La EOIR indica que se trata de un beneficio destinado a inmigrantes indocumentados o extranjeros que residen permanentemente en Estados Unidos, pero sin permiso legal por parte del gobierno.

El folleto subraya que, si cumple con ciertos requisitos, un juez de inmigración puede «cancelar su deportación » y permitirle permanecer en los Estados Unidos. Para calificar, el indocumentado “debe solicitar la cancelación de deportación presentando una solicitud en un tribunal de inmigración”.

Los requisitos son:

Si su cónyuge o ciudadano estadounidense o residente legal permanente (green card), padre o hijo, sufriría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales si se le ordenara abandonar Estados Unidos;
Si respetas las leyes de Estados Unidos y no has sido condenado por ningún delito grave que automáticamente te descalifican (te convierten en deportable y/o inadmisible);
Si eres una persona de ‘buen carácter moral’; y
Haz estado (vivido) en Estados Unidos durante al menos los últimos 10 años.

Requisito clave: 10 años en EEUU

El requisito de al menos 10 años de permanencia en Estados Unidos “es pieza clave para calificar al beneficio de la cancelación de deportación”, apunta Gálvez.

Dijo además que, “en muchos casos las personas detenidas en la frontera y luego liberadas y que se quedaron en Estados Unidos, no tienen emitida una orden de deportación. “Pero en cada caso hay que revisar el expediente del inmigrante y determinar si cumplen con todos los demás requisitos para calificar”.

Gálvez previno además que “si bien se trata de un programa vigente, es difícil calificar. Hay que demostrarle al juez de inmigración que la deportación del indocumentado causará un sufrimiento extremadamente alto a un familiar inmediato. Para eso hay que adjuntar evidencias médicas”.

Gálvez también previno que, en caso de obtener un fallo favorable de un juez de inmigración, “una vez cancelada la deportación no necesariamente recibirá la residencia de inmediato. En muchos casos hay que esperar entre 3 o 4 años sino más”.

Sólo hay 4,000 cupos de visa por año

La EOIR explicó que las cancelaciones de deportación están reguladas y solo se otorgan 4,000 por año. “Tendrás que esperar tu turno”, advierte la Corte de Inmigración. “Esto puede llevar años”.

Pero recordó que, si el juez de inmigración aprueba la cancelación de deportación, el inmigrante favorecido “podrá obtener una tarjeta verde (residencia legal permanente). Y una vez que llegue al frente de la fila, cuando haya un cupo de visa disponible dentro de la cuota anual recibirá una comunicación de la USCIS.

Gálvez dijo que la espera muchas veces “incomoda, pero no hay suficientes cupos de visa para todos los que cada año ganan este tipo de casos”.

También explicó que el procedo de la 42B que se emplea para pedir la cancelación de deportación de indocumentados ante un juez de inmigración, “también la utilizan residentes legales permanentes (LPR) que, a causa de haber cometido delitos graves en los primeros siete años, violan los términos de la green card y se convierten en deportables y/o inadmisibles en Estados Unidos.

En qué momento el juez dicta sentencia

La pregunta clave en este proceso es cuándo o en qué momento el juez falla en un caso de cancelación de deportación. José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, explica que, “si el fallo es negativo, en el momento. Pero si la sentencia es afirmativa y concede la cancelación de deportación, retiene la decisión hasta el momento que existe un cupo de visa disponible en la cuota de 4,000 al año”.

“Mientras, el inmigrante favorecido permanece legalmente en Estados Unidos y tiene derecho a tramitar un permiso de trabajo2, agrega. “A menos que durante la espera cometa un crimen que lo convierta en deportable, porque entonces pierde sus derechos de permanencia en Estados Unidos”.

A la pregunta qué debe hacer el inmigrante una vez ocurrido el fallo, Guerrero dijo que “tiene que hacer una cita con el servicio de inmigración para que le den la residencia legal permanente (green card)”. Y que cuando vaya a la cita, debe indicar la fecha de la audiencia final y la sentencia del juez para que la USCIS verifique si recibió las notificaciones correspondientes al dictamen del caso y proceda con el otorgamiento de la tarjeta verde”.

Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas, dijo que Barrón, si hubo un fallo favorable pero el inmigrante no tiene la sentencia en sus manos, “puede ir al tribunal donde se registró el juicio y solicitar un duplicado de la orden de cancelación de deportación emitida por el juez. Y luego, con ese duplicado, ir al servicio de inmigración y averiguar si recibió la orden de emitir la tarjeta verde por parte de la corte”.

“A veces se tarda. Durante la pandemia hubo muchas demoras. Por eso es bueno presionar. Y si la orden llegó, pero no le han enviado la tarjeta verde, puede también reclamar y pedir un duplicado de la green card por medio del Formulario I-90”, apuntó.

Fuente: JORGE CANCINO

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