La abogada Naimeh Salem explica el alcance de esta decisión anunciada esta semana por el gobierno del presidente Biden.
Hoy les tengo buenas noticias a ciertos beneficiarios de permisos de trabajo: el servicio de ciudadanía e inmigración de los Estados Unidos (USCIS) emitió un comunicado informando que, a partir de la publicación, la agencia podrá aprobar permisos de trabajo con una vigencia de hasta dos años.
Ahora bien, como acabo de mencionar, este comunicado es sólo para ciertos beneficiarios y no aplicará a todos los permisos de trabajo otorgados por la agencia.
En efecto, el cambio se limita únicamente a permisos de trabajo relacionados a casos de asilados o refugiados, de inmigrantes a los que un juez les haya concedido la retención de la expulsión, a aquellos que le hayan otorgado acción diferida o que se les haya permitido la entrada de manera condicional (parole) o a aquellas personas que hayan solicitado una petición por sí mismos bajo las disposiciones de la ley de violencia en contra de la mujer (VAWA).
El anuncio, que fue publicado el 7 de febrero de 2022, tiene una vigencia inmediata, por lo que podríamos estar recibiendo permisos de trabajo bajo estas categorías con periodos de vigencia de hasta 2 años próximamente.
Más aún, la extensión del periodo de vigencia aplica tanto a nuevas aplicaciones como a solicitudes de renovación. En cambio, permisos de trabajo ya adjudicados no se verán afectados.
Ante demoras, anuncian cambios importantes sobre permisos de trabajos
Según USCIS, la medida pretende dos cosas. La primera, aliviar la congestión de aplicaciones que actualmente existe en su sistema. Se estima que esta pasa de 2 millones de permisos de trabajo en espera de adjudicación. La segunda, aliviar también la carga que representa para esto inmigrantes el tener que está preparando y sometiendo aplicaciones de permiso de empleo todos los años. En otras palabras, la medida favorece tanto a USCIS como a los inmigrantes a los que cobija.
Una nota aclaratoria importante es que este periodo de dos años es el término máximo por el que USCIS puede otorgar un permiso de trabajo relacionado a esos inmigrantes que discutimos. Sin embargo, eso no significa que todas las aplicaciones serán aprobadas por ese término.
Por ejemplo, a una persona que tenga una acción diferida que expire dentro del plazo de los dos años, es muy probable que no se le conceda un permiso de trabajo que exceda la vigencia de su acción diferida.
Como siempre les recuerdo, estas expresiones son de carácter educativo y no constituyen asesoría legal. Si usted o algún conocido ha iniciado o piensa iniciar cualquier trámite migratorio, en especial aquellos discutidos aquí, les recomiendo que consulten con una abogada o abogado de inmigración con experiencia y debidamente admitida a ejercer las leyes, para que discutan los detalles de su caso. Por último, nunca confíen sus casos a notarios.