El Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) ha formalizado una nueva normativa temporal que refuerza los requisitos de control y establece sanciones penales mediante multas que van de cinco mil a 25 mil dólares para las agencias matrimoniales internacionales que infrinjan la protección de los inmigrantes.
Esta norma tiene como objetivo primordial combatir los fraudes matrimoniales y proteger a las parejas extranjeras contra situaciones de abuso, explotación o violencia doméstica, dirigiéndose específicamente a las agencias internacionales que funcionan en Estados Unidos y que no entregan la información de antecedentes exigida a los individuos reclutados o que revelan indebidamente datos prohibidos.
La medida fue divulgada en el Registro Federal y fortalece la implementación de la Ley de Regulación de Agencias de Matrimonio Internacional de 2005, conocida en inglés como IMBRA.
Con esta reciente modificación, el Departamento de Justicia ha establecido un marco más definido para identificar infracciones a la normativa y aplicar sanciones financieras a las entidades involucradas.
La nueva legislación comenzará a regir el 10 de septiembre de 2026, y los jueces de derecho administrativo en la Oficina del Jefe de Audiencias Administrativas (OCAHO) de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) poseen la facultad para examinar y resolver estos casos de sanciones.
