Anuncian acuerdo en demanda por separación forzada de familias en el gobierno de Trump

El acuerdo, alcanzado tras años de una larga disputa jurídica, permitirá que entre 4,500 y 5,000 familias afectadas por las separaciones forzadas ocurridas durante el gobierno de Trump puedan reunificarse y vivir en Estados Unidos.

Representantes de familias afectadas por separaciones forzadas en la frontera durante el gobierno de Donald Trump y el gobierno de Joe Biden alcanzaron un acuerdo para compensar a los afectados por esta práctica llevada a cabo bajo el amparo de la política migratoria de ‘tolerancia cero’ del anterior gobierno.

El acuerdo indica que el actual gobierno continuará identificando a las familias que fueron separadas, financiará su reunificación en Estados Unidos y les brindará una vía para solicitar asilo aquí. Todas las familias afectadas, entre 4,500 y 5,000, se beneficiarán del pacto.

La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), que representa a esas familias afectadas, anunció este lunes que las partes habían alcanzado el “importante acuerdo”, el cual también contempla que tengan acceso a beneficios para mantenerse en pie, tal como autorización de trabajo, vivienda y asistencia legal, y servicios médicos.

Asimismo, un componente esencial del acuerdo es el compromiso del gobierno de que no podría volver a implementar la política de ‘tolerancia cero’ en el futuro, apuntó ACLU.

“La ACLU ha resuelto cientos de demandas en nuestros 103 años de historia, pero ninguna más importante que esta», dijo Anthony D. Romero, director ejecutivo de la entidad. “Para vergüenza duradera de Estados Unidos, arrancamos a los niños de los brazos de sus familias para implementar una agenda xenófoba. Este acuerdo cierra el capítulo más oscuro de la administración Trump, pero por muy bienvenido que sea, el daño infligido a estas familias será siempre trágico e irreversible», agregó.

Tardó años la resolución de la demanda presentada a nombre de miles de niños y padres traumatizados. Las separaciones forzadas, una cruel práctica implementada en la frontera con México, consistió en presentar cargos criminales a padres que formaban parte de unidades familiares que venían en busca de asilo.

La política, declarada ilegal por los tribunales de justicia, dio poder extraordinario a los agentes federales de inmigración y fiscales estatales para arrebatar a los padres a sus hijos menores de edad, algunos solo de meses, mientras enfrentaban en la corte criminal cargos por ingreso ilegal a Estados Unidos.

Una vez solventados los cargos criminales, cientos de padres intentaron infructuosamente recuperar a sus hijos y fueron deportados solos a sus países de origen.

El acuerdo, que beneficia a la totalidad de las familias afectadas, entre 4,500 y 5,000, permitirá que, con el respaldo del gobierno federal, puedan reunificarse en Estados Unidos.

La magnitud de las familias migrantes afectadas

La cuestionada política de separaciones forzadas de familias en la frontera entre Estados Unidos y México “marcó uno de los problemas más horribles y sonados de la era Trump”, dijo ACLU.

Según el gobierno de Trump, estas se llevaron a cabo entre principios de mayo de y el 20 de junio de 2018, afectando a 2,654 familias, conforme documentos judiciales de la corte federal de San Diego, California.

Pero una investigación hecha por la redacción de noticias de Univision Noticias, publicada en enero de 2019, reveló que el gobierno de Trump tramó desde el 11 de abril de 2017 la política de ‘tolerancia cero’ a través de un memorando enviado a los fiscales fronterizos por el entonces fiscal general, Jeff Sessions.

En el documento, Sessions ordenó a los fiscales presentar cargos criminales por entrada ilegal a quienes venían en busca de asilo, un beneficio legal disponible, y de esa manera arrebatarles a los hijos porque la ley prohíbe que padres de familia tengan bajo custodia a hijos menores de edad mientras enfrentar un proceso criminal en su contra.

La política de Trump golpeó a miles infantes, incluidos bebés y niños pequeños, quienes fueron arrancados de los brazos de sus padres sin previo aviso. Los menores fueron enviados a instalaciones a miles de kilómetros de distancia de sus padres.

Univision Noticias reportó en 2018 el caso de Adayanci Pérez, una guatemalteca de 6 años que estuvo tres meses y medio lejos de sus padres. La pequeña quedó con graves secuelas por la separación de familias implementada por Trump. Los psicólogos advirtieron que, de no recibir el tratamiento adecuado, el trauma podría permanecer de por vida.

Un trauma que durará por siempre

“A las familias separadas no se les dijo cuándo volverían a verse, ni siquiera si se volverían a ver. Muchos niños y padres no volvieron a verse durante un año o más”, dice ACLU en el comunicado donde dio a conocer el acuerdo este lunes.

Agrega que el cuidado y seguimiento de los niños separados por parte del gobierno de Trump “fue tan deficiente que, cuando un tribunal federal finalmente ordenó al gobierno reunificar a las familias, los funcionarios gubernamentales no pudieron identificar qué niño pertenecía a qué padre”.

Un informe del Inspector General del Departamento de Seguridad Nacional (IG-DHS), publicado en enero de 2019, reveló que la política de separaciones forzadas de Trump no tenía protocolos, ni de separaciones ni tampoco reunificaciones. Y que el número total de afectados quizás nunca se conozca.

La Academia Estadounidense de Pediatría, profesionales médicos y organizaciones líderes en bienestar infantil denunciaron públicamente las separaciones forzosas de familias incluso antes de que el gobierno de Trump las oficializara. Y advirtió sobre los efectos perjudiciales y duraderos en el crecimiento emocional y el desarrollo cognitivo de los niños, cientos de los cuales desde entonces no ven a sus progenitores.

“Si bien nadie afirmaría jamás que este acuerdo pueda reparar por completo el daño causado intencionalmente a estos niños pequeños, es un comienzo esencial. Este acuerdo proporciona importantes beneficios a miles de familias y un componente indispensable impide al gobierno volver a implementar la política de tolerancia cero en el futuro”, apuntó Lee Gelernt, subdirector del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes de la ACLU y abogado principal de la demanda.

Fuente: JORGE CANCINO

Si Perteneces a Estos Países ya Puedes Tramitar Reunificación Familiar

La reunificación familiar con parole empieza a ser una realidad para más inmigrantes latinos de diferentes nacionalidades que quieren traer a su familia directa cuanto antes a vivir a Estados Unidos.

De hecho, ya hay una fecha para arrancar con las tramitaciones para traer a los familiares de los colombianos, salvadoreños, guatemaltecos y hondureños que califican para el nuevo programa de reunificación familiar por parole.

Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha informado que el Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado comenzará a enviar invitaciones bajo los procesos de permisos de reunificación familiar (FRP) para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras a partir del lunes 31 de julio de 2023.

USCIS ha adelantado también que próximamente habrá más información disponible acerca de los procesos simplificados de FRP actualizados y las invitaciones para Cuba y Haití.

A principios del mes de julio el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció la implementación del nuevo programa migratorio de reunificación familiar con parole (FRP) para estos cuatro países, cuyos familiares son ciudadanos americanos o residentes permanentes legales (LPR).

Hay que destacar que estos nuevos procesos de FRP solo están disponibles por invitación para ciertos peticionarios colombianos, salvadoreños, guatemaltecos y hondureños cuyo Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero ya ha sido aprobado para entrar al país, con el requisito de ser patrocinado económicamente por sus familiares.

Sin aprobación previa del gobierno estadounidense, nadie califica para la reunificación familiar por parole, un permiso de admisión en el país que es válido por un periodo de hasta tres años mientras esperan la solicitud para convertirse a su vez en residentes permanentes.

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Cómo traer a un familiar con el parole para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras.

▪ Cada Formulario I-130 debe presentarse para un solo beneficiario principal, que ha de ser ciudadano de uno de estos cuatro países: Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras.
▪ La invitación debe enviarse al peticionario por correo postal y/o correo electrónico e identificará a los miembros de la familia que son elegibles a ser considerados.
▪ El peticionario debe recibir una invitación antes de enviar el Formulario I-134A, Solicitud en Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, bajo los procesos de FRP.
▪ USCIS informa que pronto lanzará una herramienta en línea de verificación en la página web Procesos de FRP para que los peticionarios pueden confirmar si se les ha emitido ya una invitación.

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Cómo recibir la invitación para permisos de reunificación familiar (FRP)

▪ Solo podrás recibir la invitación si la información aportada es correcta.
▪ Se aconseja a los peticionarios elegibles que se aseguren de confirmar que el NVC tiene la información de contacto correcta y la dirección postal actualizada.
▪ Para actualizar la información de contacto o dirección postal, puedes comunicarte con el NVC a través del Formulario de Consulta Pública.
▪ El NVC enviará invitaciones a los peticionarios por correo electrónico si tienen una dirección electrónica en el registro asociado con el Formulario I-130 aprobado.
▪ Si no hay una dirección de correo electrónico en el registro, el NVC enviará la invitación a la dirección postal que está en el registro del peticionario.
▪ USCIS informa que las invitaciones se enviarán de manera continua según la capacidad operacional de la agencia, teniendo en cuenta el período de tiempo esperado hasta que la visa de inmigrante del beneficiario principal esté disponible.

Consejos de USCIS para la reunificación familiar con nuevo parole

▪ USCIS comunica que los procesos FRP son una forma segura y ordenada para que los beneficiarios y sus familiares inmediatos sean considerados para este parole o permiso de permanencia temporal en EEUU, caso por caso y a discreción de funcionario de la agencia.
▪ DHS y USCIS recalcan en el comunicado que esta es una de las vías legales a las que las familias pueden tener acceso, en lugar de emprender un viaje peligroso o esperar muchos años para reunirse con familiares cualificados.
▪ Hay consecuencias legales estrictas para los inmigrantes que no utilicen este proceso u otras vías legales disponibles e intenten ingresar ilegalmente a EEUU. Todos estos serán expulsados u se les prohibirá la admisión en el país.

Familiares inmediatos de una víctima de violencia no califican para pedir asilo en EEUU

El gobierno de Trump cambia fallo emitido por la Corte de Apelaciones y a partir de ahora ser hijo de una víctima de violencia proveniente del narcotráfico o de pandillas, no puede ser utilizado en una solicitud de asilo porque esa relación familiar no constituye un ‘grupo social en particular’.

El fiscal general, William Barr, indicó este lunes que desde ahora los familiares inmediatos de una víctima de violencia no califican para pedir asilo en Estados Unidos.

Tras la revisión del caso LEA, dictaminado por la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA) en 2018, Barr dijo que el tribunal “reconoció incorrectamente a la familia inmediata del padre del demandado como un ‘grupo social particular’ para los fines de calificar y obtener asilo, de conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA)”.

Para el gobierno de Trump la familia no constituye un grupo social, lo que llevó a Barr revertir la decisión del juez de inmigración. Un ejemplo de grupos sociales particulares son miembros de partidos políticos, pertenecer a una determinada etnia, ser homosexual, etc.

Barr añadió que, si bien la BIA ha reconocido a ciertos clanes y subclanes como «grupos sociales particulares», la mayoría de los miembros del núcleo familiar “no son intrínseca y socialmente distintos y, por lo tanto, no califican como grupos sociales particulares, por lo que no podrán utilizar la causa de la violencia cometida en contra de un familiar inmediato como un motivo de asilo.

Afectará a miles

Abogados consultados por Univision Noticias dijeron que la decisión “afectará a miles” de migrantes que huyen de sus países a causa de la violencia y buscan la protección de Estados Unidos, y a otros miles que presentaron sus solicitudes de asilo y estas aún no han sido resueltas por los tribunales.

“El gobierno ya no aceptará la solicitud de asilo de un hijo cuyo papá fue víctima de violencia por parte de un grupo organizado como argumento”, dijo a Univision Noticias Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Angeles, California”.

“La victimización de un papá no lo hace calificar como un grupo social particular de asilo”, agregó. “El hecho de ser hijo no constituye un grupo social distintivo. El gobierno ya lo no considera una causa de asilo”, añadió.

Gálvez explicó además que, de acuerdo con la decisión del fiscal general, “un grupo social particular debe ser una figura que la sociedad pueda reconocerlo fácilmente”.

“Por tener una relación padre e hijo no es suficiente para pedir asilo. Un hijo no es reconocido por la sociedad como un grupo social en particular”, indicó.

Como era antes

“Antes de la reversión del dictamen del 2018, había casos en los que cualquier relación de parentesco era suficiente para que una persona calificara para asilo por pertenecer a un grupo social particular”, explica Gálvez.

“A partir de ahora eso cambia. Ser el pariente directo de una víctima de violencia no lo califica automáticamente para pedir asilo”, añade. “Tendrán que probar más que solamente la relación de parentesco inmediato”.

Gálvez insistió en que “si las maras matan a tu papá”, el hijo de la víctima “ya no podrá usar eso como una causa de asilo. Pero eso no significa que el hijo no puede huir de su país por miedo, solo que cuando pida asilo deberá hacerlo por otra causa o motivo”.

La fuerza de la prueba

Consultado respecto a qué otras causas pueden argumentar los familiares de una víctima de violencia para pedir asilo en Estados Unidos, Gálvez dijo que “todas aquellas evidencias posibles que justifiquen su miedo creíble”.

“Si el familiar tiene miedo de regresar a su país porque tiene miedo de que lo maten y tiene pruebas de ello, puede argumentarlo. Pero simplemente porque su papa fue amenazado, atacado o muerto y usted es un familiar inmediato de esa victima, eso lo no califica para obtener el asilo”.

La decisión de Barr define que la familia no constituye pertenencia un grupo familiar particular, una de las cibco causales de asilo.

Los que esperan asilo

La decisión de Barr no solo afectará a quienes pidan asilo, sino a quienes ya lo hicieron, sobre todo en la frontera.

El abogado José Guerrero, quien ejerce en Miami, Florida, dijo que la decisión del fiscal general tiene “un fuerte impacto en las personas que tienen casos pendientes” y que “deben saber que no podrán seguir adelante con el asilo”.

Sin embargo, recomendó que “sigan litigando hasta llegar a las cortes federales”.

La reversión del fallo en el caso LEA no es el único de este tipo. En junio del año pasado el entonces fiscal general, Jeff Sessions, ordenó a los jueces de inmigración que desestimen pedidos de asilo por violencia doméstica y de pandillas, dos causales que para el gobierno no están incluidos en los cinco motivos señalados por la ley, siendo ellos persecución por raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política.

Seis meses más tarde, un juez federal invalidó gran parte de la política del gobierno de Donald Trump de no dar asilo por violencia doméstica o pandillas. Las reglahabían sido establecidas por Sessions dentro del marco de ‘tolerancia cero’.

Además, el juez ordenó que las personas que fueron deportadas bajo las nuevas medidas deben volver a EEUU y se les debe ofrecer la posibilidad de continuar con sus procesos.

El juez Emmet Sullivan indicó que las políticas de Sessions, que exigían pruebas más estrictas para demostrar el «temor creíble» de las personas que buscaban asilo, violaban las leyes migratorias. El magistrado concluyó que no existe una base legal para «una prohibición categórica efectiva» en dichos casos.

Fuente: JORGE CANCINO