Migración Modifica Formulario del «Perdón» por Estancia Ilegal

+ USCIS modifica formulario para “perdón” de presencia ilegal en Estados Unidos
+ Es importante que quienes aplican por una «green card» revisen la fecha de los documentos oficiales
+ USCIS modifica formulario para “perdón” de presencia ilegal en Estados Unidos USCIS recomienda a inmigrantes revisar sus cambios en uscis.gov.

Los cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses y naturalizados pueden solicitar una Exención Provisional de Presencia Ilegal antes de salir de los Estados Unidos para su entrevista para Residencia Permanente en un consulado o embajada estadounidenses en su país de origen.

Este paso es básico para que puedan regresar al país y no se les aplique la llamada ley de los 10 años, que les impediría volver.

Para ello deben presentar el Formulario I-601A o Solicitud de Exención Provisional de Presencia Ilegal, el cual pueden descargar en la página web de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). La nueva edición es la aprobada el 02/13/2019.

El documento fue actualizado por USCIS, por lo que todos los inmigrantes que estén en procesos para Residencia Permanente y deben solicitar este “perdón” para viajar a sus países a la entrevista correspondiente deberán bajar la última versión, de lo contrario su petición podría ser rechazada.

“Ciertos solicitantes de visa de inmigrante que son familiares de ciudadanos de los Estados Unidos o residentes permanentes pueden usar este formulario para solicitar una exención provisional de la presencia ilegal por motivos de inadmisibilidad conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad, Sección 212 (a) (9) (B)”, indicó la autoridad. “(Esto debe ser) antes de partir de Estados Unidos para presentarse en una embajada o consulado de los Estados Unidos para una entrevista de visa de inmigrante”.

Este proceso aplica para los extranjeros que no son elegibles para ajustar su estatus migratorio en el país, por lo que deberán viajar al viajar al extranjero.

Es importante que consulte con un abogado antes de realizar cualquier trámite ante USCIS de ajuste de estatus migratorio, a fin de evitar mayores problemas.

Migración Anuncia Ajustes al Formulario de Cambio de Estatus Migratorio

+ El próximo 11 de marzo USCIS publicará los nuevos formularios

Después de una revisión de procedimiento USCIS anunció este lunes la llegada de una actualización del Formulario I-539, Solicitud para extender / cambiar el estatus de no inmigrante el cual se hará oficial el próximo 11 de marzo en el portal de la agencia estatal.

A partir de esa fecha USCIS solo recibirá el Formulario I-539 revisado con una edición fecha del 02/04/19 así como se garantiza el rechazo de cualquier Formulario I-539 con una fecha de edición de 12/23/16 o anterior.

USCIS también anunció la publicación de un nuevo Formulario I-539A, sobre Información Suplementaria para Solicitar Extender/Cambiar el Estado de No Inmigrante, el cual se dará conocer al público en la misma fecha.

El Formulario I-539A reemplaza el Suplemento A proporcionado en versiones anteriores del Formulario I- 539. El formulario I-539A solo se puede presentar con el formulario I-539; no puede ser archivado como una forma independiente.

El Formulario I-539 revisado incluye los siguientes cambios significativos:

Cada co-solicitante incluido en el Formulario I-539 del solicitante principal debe enviar y firmar un Formulario I-539A separado, que estará disponible en la página web del Formulario I-539 desde el 11 de marzo.

De igual forma los padres o tutores pueden firmar en nombre de los niños menores de 14 años o cualquier co-solicitante que no sea mentalmente competente para firmar.

Todos los solicitantes y co-solicitantes deben pagar una tarifa de servicios biométricos de $85 dólares, excepto ciertos no inmigrantes A, G y OTAN, como se indica en las nuevas Instrucciones del Formulario I-539 que se publicarán el 11 de marzo.

Por su parte cada solicitante y co-solicitante recibirán un aviso de cita de servicios biométricos, sin importar la edad, que contenga su número de recibo individual. Las citas de los servicios biométricos se programarán en el Centro de soporte de solicitudes (ASC) más cercano a la dirección del solicitante principal.

Por último los solicitantes que deseen ser programados en una ubicación diferente de ASC deben presentar un Formulario I-539 por separado.

USCIS rechazará cualquier Formulario I-539 que falte en cualquiera de las firmas o tarifas biométricas requeridas, incluidas las requeridas para el Formulario I-539A.