Gobierno de Biden Extiende Asilo de Venezolanos

El Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. (DHS por sus siglas en inglés) extenderá una forma de ayuda humanitaria para Venezuela, anunció este lunes el secretario Alejandro Mayorkas.

«Como una de mis primeras acciones como secretario, designé a Venezuela para el TPS», dijo Mayorkas. «Después de una cuidadosa consideración, y en consulta con el secretario de Estado, hoy estoy extendiendo esa designación. Esta acción es una de las muchas formas en que el Gobierno de Joe Biden está proporcionando apoyo humanitario a los venezolanos en el país y en el extranjero, junto con nuestros socios regionales».

El Estatus de Protección Temporal (TPS por sus siglas en inglés) se aplica a las personas en Estados Unidos que se enfrentarían a dificultades extremas si se vieran obligadas a regresar a sus países de origen devastados por conflictos armados o desastres naturales, y les permite trabajar legalmente en EE.UU.

Todo lo que debes saber sobre el Estatus de Protección Temporal (TPS)
La prórroga de 18 meses para Venezuela entra en vigor el 10 de septiembre y se extiende hasta el 10 de marzo de 2024. El DHS estima que 343.000 personas son elegibles para el TPS bajo la designación existente. Los venezolanos que llegaron a Estados Unidos después del 8 de marzo de 2021 no son elegibles.

Biden da Oportunidad a Aslilados Para Obtener Residencia

Este viernes expidió un memorando en el que crea las condiciones para obtener la residencia permanente. Actualmente hay más de 700,000 beneficiarios de TPS.

El embajador del gobierno interino de Venezuela en EE.UU. visitó la ciudad de Katy para reunirse con la diáspora

El gobierno del presidente Biden expidió este viernes un memorando que permitiría que aquellos beneficiarios de Estatus de Protección Temporal (TPS por sus siglas en inglés) puedan solicitar el ajuste de estatus que los llevaría a obtener la residencia permanente.

De acuerdo con el Memorando PM-602-0188, el gobierno expedirá un nuevo documento de viaje para los tepesianos, que les permitirá -una vez regresen al país y sean inspeccionados por las autoridades de inmigración en puertos de entrada- solicitar el ajuste permanente como residente legal.

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS por sus siglas en inglés) señaló en su memorando que los beneficiarios de TPS deben cumplir con ciertos requisitos y los casos serán analizados individualmente.

Requisitos exigidos para poder ajustar estatus

Haber obtenido un permiso de viaje como beneficiario de TPS.
La designación de país cobijado por el estatus de Protección Temporal hecha por el gobierno de EEUU debe estar vigente.
El beneficiario de TPS regresó a EEUU, tras su viaje, en concordancia con la autorización dada por el Servicio de Inmigración y Ciudadanía.
La persona fue admitida para ingresar al país en un puerto de entrada.
Actualmente, residentes de Afganistán, Burma, Camerún, El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Siria, Ucrania, Venezuela y Yemen están cobijados por el estatus de protección temporal.

Actualmente, se estima que más de 700,000 personas de estas nacionalidades están cobijadas por este estatus temporal. Venezolanos y salvadoreños son los mayormente beneficiados con este beneficio migratorio.

De acuerdo con el National Immigration Forum, las mayores poblaciones de tempesianos residen en California, Florida, Texas Nueva York y Virginia.

Así funcionará el nuevo proceso de asilo a partir del 31 de mayo en frontera con México

Este martes entra en vigencia la primera fase de un nuevo protocolo que otorga poderes discrecionales temporales a los agentes de asilo del la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), quienes podrán conceder, negar o referir casos de asilo en la frontera con México, un privilegio que solo podían ejercer los jueces de inmigración.

Este martes 31 de mayo el gobierno estadounidense implementará una nueva política de asilo en la frontera con México. Ya no serán los jueces de inmigración los únicos que otorguen la protección humanitaria, sino que ahora se sumarán los agentes de asilo del servicio de inmigración.

A finales de marzo, los departamentos de Justicia (DOJ) y Seguridad Nacional (DHS) anunciaron una Norma Final Provisional de Asilo que les otorga poderes discrecionales temporales para conceder, referir o rechazar peticiones antes de que estas lleguen a los tribunales de inmigración.

El protocolo será activado, dice el DHS, para “mejorar y acelerar el procesamiento de solicitudes de asilo presentadas por no ciudadanos sujetos a deportación acelerada, asegurando que aquellos que son elegibles para asilo reciban ayuda rápidamente, y los que no lo son sean puestos en proceso de expulsión acelerado”.

Abogados de inmigración consultados por Univision Noticias advierten que no queda muy claro si la nueva norma efectivamente ayudará a descongestionar la frontera. «Definitivamente no la va a descongetinar por ahora, pero va a ayudar, en cierto modo, a reducir el atasco en la Corte de Inmigración», dice José Guerrero, quien ejerce en Miami, Florida».

Estas son las claves de la nueva norma final provisional de asilo en la frontera sur:

Cuándo entra el vigor

El 31 de mayo de 2022.

Cuál es el objetivo de la nueva política

Según los departamentos de Justicia (DOJ) y Seguridad Nacional (DHS), la nueva regla “garantizará que las personas sujetas a deportación acelerada que sean elegibles para asilo reciban ayuda rápidamente”.

Las que no sean elegibles, serán colocadas en un proceso de deportación acelerado y enviados ante un juez de inmigración.

Por qué la regla provisional

Ambos ministerios explican que la regla será implementada “debido a los retrasos judiciales existentes”.

A finales de abril la Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración -EOIR-) tenía acumulados más de 1.7 millones de casos.

“El proceso para conocer y decidir estos casos de asilo actualmente toma varios años en promedio”, dice el gobierno. En promedio, tomando en cuenta el número de jueces que bordea los 600, los casos tardan entre 3 y 4 años en ser resueltos.

El DHS estima que un proceso para “revisión eficiente y exhaustiva de las solicitudes de asilo, la nueva regla ayudará a reducir los retrasos existentes en los tribunales de inmigración y acortará el proceso a varios meses”.

Cómo funcionará

De acuerdo con la regla provisional, denominada Procedimientos para la detección de miedo creíble y la consideración de asilo, retención de deportación y reclamos de protección CAT por parte de los oficiales de asilo, también conocida como Regla del oficial de asilo, autoriza a los agentes de asilo de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) “para considerar las solicitudes de asilo de ciertas personas sujetas a deportación acelerada que establecen un temor de persecución o tortura durante su evaluación de temor creíble requerida”.

Hasta ahora tales casos son decididos por jueces de inmigración (IJ) dentro de la Corte de Inmigración, bajo el mando del Departamento de Justicia (DOJ).

NOTA:

No olvide que aún está vigente en la frontera el Título 42 del Código de Estados Unidos. Esta política permite a la Patrulla Fronteriza, en uso de la discrecionalidad que poseen los agentes, devolver de manera acelerada a extranjeros por la pandemia del coronavirus. Desde que fue implementado en marzo de 2020, unos 2 millones de no ciudadanos han sido regresados a México.

En aquellos casos donde no se aplique el Título 42, el agente de la CBP tomará la decisión de referir al inmigrante a un agente de asilo del Servicio de Inmigración quien, en uso de los poderes extraordinarios temporales otorgados por la nueva regla, podrá conceder, referir o rechazar un pedido de asilo.

También está vigente el Programa Permanecer en México (MPP o Quédate en México). Pueden devolverlo a ese país a esperar la resolución de su caso de asilo en un tribunal de inmigración estadounidense.

Cómo se hará

El proceso se irá implementando gradualmente en la frontera con México a partir del martes 31 de mayo de 2022.

Cuando se implemente por completo, asegura el gobierno, “la regla acortará el proceso administrativo de varios años a varios meses”.

Explica que las personas que reúnan los requisitos para el asilo “recibirán protección más rápidamente.

Y quienes no reúnan los requisitos serán colocadas en un proceso de deportación acelerado en lugar de permanecer en Estados Unidos durante años mientras sus casos están pendientes de ser resueltos.

Fase por fase

El gobierno explica que el programa será implementado por fases, de manera gradual comenzando con un pequeño número de personas y crecerá a medida que la USCIS (servicio de inmigración a través de la oficina de asilo político) desarrolle capacidad operativa con el tiempo.

“A partir del 31 de mayo el DHS tratará de referir aproximadamente cientos de no ciudadanos cada mes a USCIS para una Entrevista de Méritos de Asilo (AMI) luego de una determinación positiva de temor creíble”, explica la regla.

A quién beneficia la regla

La nueva regla final provisional de asilo “solo beneficia a las personas que serán colocadas en procedimientos de deportación acelerada después del 31 de mayo de 2022.

“Se aplicará sólo a adultos y familias que se encuentran en procedimientos de deportación acelerada e indican la intención de solicitar asilo, temor a la persecución o tortura, o temor a regresar a su hogar (país), después de la fecha de vigencia de la regla”, agrega.

A quienes no aplica

La regla aclara que el nuevo protocolo “no se aplicará a los niños (menores) no acompañados”.

Estos casos son y serán manejados al amparo de leyes y regulaciones vigentes, entre ellas el Acuerdo Judicial Flores de 1997.

En qué lugares será implementado

El DHS indica que los primeros lugares donde será implementada la nueva regla provisional de asilo serán dos centros de detención en el estado de Texas.

“Los agentes de asilo llevarán a cabo entrevistas telefónicas de miedo creíble en estos dos lugares, incluso para las personas que puedan ser remitidas posteriormente a USCIS para una Entrevista de Méritos de Asilo (AMI después de una determinación positiva de miedo creíble”, agrega.

Inicialmente, se lee en el el reglamento, las referencias para una Entrevista de Méritos de Asilo (AMI) se limitarán a aquellas personas que indiquen a USCIS y al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) “su intención de residir en una de las siguientes seis ciudades: Boston, Los Ángeles, Miami, Nueva York, Newark o San Francisco.

Fases del proceso

· Colocación en deportación acelerada. Las personas que Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) encuentre en la frontera y que sean colocadas en deportación (remoción) acelerada y que aleguen temor, serán transferidas a detención de ICE, de acuerdo con el procedimiento actual.

· Entrevista de miedo creíble. Las personas recibirán su entrevista de miedo creíble mientras estén detenidas, de acuerdo con el procedimiento actual. El DHS y el DOJ están trabajando para brindarles a las personas la oportunidad de acceder a los proveedores del Programa de Orientación Legal antes de su entrevista de temor creíble. Si la entrevista de miedo creíble da como resultado una determinación negativa, la persona puede solicitar una revisión de la decisión por parte del Juez de Inmigración, de conformidad con el procedimiento actual. USCIS también puede reconsiderar, a su discreción, una determinación negativa de temor creíble con la que ya estuvo de acuerdo un Juez de Inmigración si la solicitud se presenta dentro de los siete días posteriores a la aprobación del Juez o antes de la remoción, lo que ocurra primero.

· Remisión (referencia) para una Entrevista de Méritos de Asilo (AMI). Durante la implementación por etapas, las personas que son colocadas en deportación acelerada y que reciben una determinación positiva de temor creíble, y a quienes ICE determina caso por caso que es apropiado liberar, pueden ser remitidos a USCIS para una AMI no adversaria. La persona debe indicar su intención de residir en una de las seis ciudades de destino donde se llevan a cabo las AMI durante la implementación por etapas (Boston, Los Ángeles, Miami, Nueva York, Newark y San Francisco). Se notificará a las personas que se las colocará en el proceso de AMI cuando se les notifique su determinación positiva de temor creíble. El registro de la determinación positiva de temor creíble constituirá la solicitud de asilo, y la fecha de notificación de la determinación positiva de temor creíble se convertirá en la fecha de presentación de la solicitud de asilo. El AMI se llevará a cabo no antes de los 21 días ni después de los 45 días después de la determinación positiva de temor creíble.

Otros detalles de la nueva regla

· Las personas que sean liberadas de la detención durante este período de tiempo serán colocadas en alternativas a la detención (ATD) según sea necesario para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de presentación de informes, entrevistas y audiencias.

· Las personas tendrán hasta siete días (si se presenta en persona) o 10 días (si se presenta por correo) antes de la AMI para enmendar o corregir el registro resultante de la entrevista de miedo creíble y presentar evidencia adicional. Si una persona no se presenta en la AMI, se tomarán las medidas de cumplimiento correspondientes.

· Si la USCIS encuentra que la persona es elegible para asilo, la persona recibirá una carta de concesión que le informará sobre los beneficios aplicables y los procedimientos relacionados.

Procedimientos de deportación simplificados

Si la USCIS no otorga asilo, la agencia remitirá el caso a la Corte de Inmigración (EOIR) para un procedimiento de deportación simplificado en virtud de la Sección 240 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

El oficial (agente) de asilo (de USCIS) incluirá una evaluación sobre si el solicitante demostró elegibilidad para la retención o el aplazamiento de la deportación en función de las pruebas presentadas ante la agencia federal.

Habrá expedientes para estos procedimientos disponibles en las seis ciudades mencionadas anteriormente. Durante estos procedimientos, el Juez de Inmigración (IJ) revisará la solicitud de asilo del no ciudadano y la evidencia de respaldo y determinará si se debe otorgar el asilo.

En los casos en que USCIS no otorga asilo, el oficial de asilo incluirá en la decisión una determinación de si el solicitante principal demostró elegibilidad para la retención o el aplazamiento de la deportación basándose únicamente en la evidencia presentada ante USCIS.

Una vez que la persona está en proceso de deportación, si el Juez de Inmigración tampoco otorga asilo y emite una orden de deportación final, el juez puede confirmar la determinación del oficial de asilo de USCIS de que la persona es elegible para la retención o el aplazamiento de la deportación.

Si el oficial de asilo no encontró a la persona elegible para la retención o el aplazamiento de la deportación, el juez revisará más a fondo esos reclamos y hará una evaluación independiente si el solicitante es elegible. Si el juez concluye que la persona no es elegible para el alivio o la protección, emitirá una orden de expulsión y la persona será deportada de Estados Unidos de manera expedita.

Entrevista de miedo creíble

Pieza clave de todo proceso de asilo en Estados Unidos, antes y después del 31 de mayo de 2022.

“La entrevista de miedo creíble se hace en base al miedo/temor que tiene una persona de regresar a su país de origen porque es perseguida, o tiene miedo/temor de persecución o tortura”, explica Rebeca Sánchez-Roig, una abogada de inmigración que durante más de 15 años fungió como fiscal de inmigración en el Departamento de Justicia.

“Previo a la entrevista de ‘miedo creíble’ en la frontera, se lleva a cabo una entrevista preliminar con un agente de la Patrulla Fronteriza quien, al establecer que existen razones o indicios de miedo creíble, determina que el inmigrante puede pasar al siguiente nivel”, explica Ezequiel Hernández, un ahogado de inmigración que ejerce en Phoenix, Arizona, y colabora frecuentemente con la redacción de Univision Noticias.

El paso siguiente “es la ‘entrevista de miedo creíble’ que la realiza un agente de asilo de USCIS, indica Sánchez. “Consiste en una especie de interrogatorio de lo que le ha sucedido a la persona en su país y si ha sido perseguido, torturado, etc.”

Si el agente de asilo determina que la persona tiene miedo creíble, entonces está facultado para otorgar el beneficio. Si lo niega, remitirá el caso para que sea visto y resuelto por un juez de inmigración, donde podrá solicitar nuevamente asilo en Estados Unidos.

“La entrevista de miedo creíble con el agente de la USCIS es clave y, quizás, el momento determinante sobre su futuro inmediato”, explica el libro ‘Inmigración: las nuevas reglas, una gruía de Univision’.

En la entrevista de miedo creíble “la persona tendrá la oportunidad de explicar las razones por las cuales huye de su país y por qué teme regresar. Las preguntas se enfocarán en el temor de la persona. Frecuentemente, nos encontramos con individuos que piensan que debido a que se trata de buenas personas o vinieron solo a trabajar y ayudar a su familia, que esto cuenta para que Estados Unidos les otorgue asilo”, dice Sánchez-Roig.

“Esto no cuenta”, asegura. “Y es más, el venir a Estados Unidos solamente porque quiere trabajar no es uno de los factores del asilo. Tenga en cuenta que durante la entrevista el agente de asilo le preguntará: ¿quién la persiguió, torturó o le hizo daño? ¿Quién le puede hacer daño si regresa?”

En caso de que la persona que le hizo daño se trata de un funcionario de gobierno, un agente de policía “o alguien asociado y controlado por el gobierno, tiene que detallar estos hechos y explicar por qué la persiguieron, torturaron, hicieron daño o le harán daño”, precisó.

Las razones de asilo son: persecución por motivos de religión, raza, nacionalidad, opinión política o membresía en un grupo particular social. “En esta últimas se consideran la orientación sexual o la discapacidad física”, indica Sánchez.

Finalmente, señala que “estos son los factores en los cuales se basa el asilo. No basta simplemente que la persona quiera trabajar, o sea víctima de un crimen no relacionado con estos factores, como por ejemplo un crimen de extorsión. La persona tiene que especificar el por qué le hicieron daño o quieren hacerle daño. Una explicación demasiado generalizada no será suficiente para que le den asilo”.

Fuente: JORGE CANCINO

Cerca de 250,00 Venezolanos Pidieron Asilo

Las autoridades consulares de Venezuela en EEUU informaron que 237,500 venezolanos solicitaron el TPS y el 78.36% aún espera respuesta a su petición, al tiempo que enfatizaron la necesidad de que el gobierno estadounidense renueve el alivio migratorio por 18 meses más.

El embajador venezolanos en Washington, Carlos Vecchio, dijo que las razones que motivan la vigencia del Estatus de Protección Temporal (TPS) para sus compatriotas que ya se encuentran en Estados Unidos siguen vigentes debido a la “emergencia humanitaria compleja generada por la dictadura de Nicolás Maduro”.

“Por más que algunos sectores afines al régimen o interesados en establecer negocios con Maduro traten de vender una falsa realidad de que ‘Venezuela se arregló’, la verdad es que millones de venezolanos no tienen acceso a dólares, el 94% vive en condiciones de pobreza de acuerdo al último estudio ENCOVI de la Universidad Católica, y por ende no tienen acceso a comida, un sistema de salud y educativo adecuado, ni servicios como agua y electricidad”, dijo.

Esa situación impulsa la emigración que se prevé aumente a siete millones de venezolanos en 2022, aseguró durante el evento “IV Mega Cumbre de Inmigración y Más”, realizado por la organización Casa Venezuela Orlando, en Florida, el domingo.

Vecchio, citando cifras del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), detalló que de un total de 323,000 venezolanos posibles beneficiarios del TPS, hasta la fecha ya han aplicado 237,500 y de este universo, 51,295 solicitudes fueron aprobadas (21.59%), mientras que 186,115 aún están pendientes de respuesta (78.36%) y 90 fueron rechazadas (0.03%).

El TPS permite residir y trabajar legalmente en el país por un periodo de tiempo determinado a las personas beneficiarias de este alivio migratorio que no pueden regresar a su nación de origen debido a desastres naturales, conflictos armados u otras condiciones extraordinarias.

La fecha tope para solicitar el TPS vence el próximo 9 de septiembre de 2022, después de que el gobierno estadounidense concedió una extensión.

El diplomático resaltó la necesidad de que el alivio migratorio sea renovado por 18 meses más y reiteró que en este nuevo periodo de protección se evalúe incluir a los venezolanos que llegaron a Estados Unidos hasta el 31 de diciembre de 2021.

Explicó que “hemos entrado ya en conversaciones directas con la administración para que este beneficio se pueda extender por año y medio más. Estas solicitudes deben hacerse con 60 días de antelación y la hemos hecho seis meses antes”.

¿Qué hacer si no recibe respuesta?

La embajada recomienda a quienes aún no reciben respuesta sobre su solicitud del TPS contactar a USCIS y hacer una consulta del estatus de su caso a través del número (800)375-5283 o, preferiblemente, a través del sitio web del servicio de inmigración, en la sección caso fuera de tiempos de procesamiento. La respuesta habitualmente dura 30 días.

En caso de no tener respuesta efectiva pasado los 30 días, pueden acudir al Ombudsman. Para ello se ingresa a la web https://www.dhs.gov/case-assistance y se solicita apoyo para revisar su caso ante USCIS. Para este paso no hay tiempo definido de respuesta, pero le emitirán un acuse de recibo a su correo electrónico cuando ellos hayan contactado al servicio de inmigración por su caso.

Ante cualquier inquietud u orientación, las personas pueden contactar al equipo consular de la embajada a través del correo electrónico

Qué debe hacer un beneficiario de TPS que califica para la residencia

El servicio de inmigración estadounidense publicó en su página digital una guía que explica los pasos que deben seguir ciertos titulares con Estatus de Protección Temporal que califican para ajustar su estatus como residente legal permanente.

El servicio de inmigración estadounidense publicó en su página digital una guía que explica los pasos que deben seguir ciertos titulares con Estatus de Protección Temporal (TPS) que califican para ajustan sus estatus como residentes legales permanentes.

Las instrucciones fueron emitidas tras el anuncio hecho por una corte del Distrito de Columbia donde avala un acuerdo judicial entre el gobierno y organizaciones para permitir que beneficiarios del TPS que salieron del país con permiso y luego entraron legalmente a Estados Unidos, gestionen la residencia legal permanente (green card).

El arreglo judicial favorece a todos aquellos indocumentados con TPS que tienen una orden de deportación final y no son una prioridad de deportación, quienes podrán reabrir sus casos, solicitar que se desestime el procedimiento de expulsión y ajustar sus estatus migratorios.

Publicado en seis idiomas, entre ellos inglés y español, la guía instruye acerca de los pasos que deben seguir los beneficiarios para reabrir sus casos, desestimar los cargos y luego tramitar la tarjeta verde.

Quiénes califican

La guía detalla que los beneficiarios del acuerdo deben ser receptores de TPS con una orden de remoción o deportación que viajó y regresó con un documento de permiso adelantado mientras estaba bajo la protección de TPS, y USCIS no tiene jurisdicción sobre su solicitud de ajuste de estatus debido a la orden de remoción o deportación, y:

Tiene la intención de solicitar ajuste de estatus;

Presentó una solicitud de ajuste de estatus con USCIS; o
USCIS le denegó el ajuste de estatus únicamente porque no tiene jurisdicción sobre su solicitud o lo denegó únicamente por falta de jurisdicción e inadmisibilidad.
Si reúne estos requisitos, USCIS dice que usted entonces puede solicitarle a la Oficina del Asesor Legal Principal de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) que considere unirse a una Moción Conjunta para Reabrir el procedimiento de deportación para cancelar la orden de remoción.
“Si su orden de remoción (o deportación) se cancela como se describe anteriormente, o si ya ha solicitado ajustar su estatus con USCIS (a residente) y se le ha denegado únicamente por falta de jurisdicción, o por falta de jurisdicción e inadmisibilidad (cuando una exención estaba disponible, pero no se presentó o adjudicó la solicitud por la causal de inadmisibilidad eximible), puede presentar un nuevo Formulario I-485 (Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar el Estatus)”, añade.

La agencia federal dice que también puede “comenzar las gestiones para reabrir su solicitud denegada de ajuste de estatus con USCIS en cualquier momento, según los procedimientos habituales para presentar una moción para reabrir un caso por medio del Formulario I-290B (Notificacion de Apelación o Moción de Reapertura).

Instrucción clave

La USCIS también explicó que quienes califiquen “deben escribir las palabras ‘TPS Removal Order’ en la parte superior de la primera página del Formulario I-290B para ayudar con la identificación y evitar que sea rechazada por no presentar el documento a tiempo”.

La dependencia dijo además que “aceptará Mociones para Reabrir que no hayan sido presentadas a tiempo si cumplen con los requisitos anteriores”. Y que cualquier persona en litigio sobre esta base “puede realizar gestiones a través del representante del gobierno en el litigio”.

También reiteró la advertencia de fraude. “Si usted necesita asesoría legal sobre su caso de inmigración, asegúrese que la persona que lo ayuda está autorizada para proporcionar asistencia legal”.

“Solo un abogado o un representante acreditado que trabaja para una organización reconocida por el Departamento de Justicia (DOJ) puede darle asesoría legal.

Los “notarios, notarios públicos, consultores y empresas de inmigración no pueden darle asesoría legal sobre inmigración a menos que sean proveedores de servicio autorizados”, indicó.

Cómo se llegó al acuerdo

El acuerdo judicial es el resultado del caso CARECEN versus Cuccinelli, una demanda presentada por un grupo que lo integran el Democracy Forward, el Catholic Legal Immigration Network, INC (CLINIC) y las formas Montagut & Sobral, PC y Debevoice & Plimptom LLP en agosto de 2020.

“En este caso varios beneficiarios del TPS y CARECEN demandaron al gobierno de Donald Trump por privar ilegalmente a miles de beneficiarios del amparo migratorio de la oportunidad de cambiar su estatus y convertirse en residentes permanentes”, dijo Nelson Castillo, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.

“En base al nuevo pacto, los demandantes tendrán la posibilidad de obtener la green card”, precisó.

La demanda alegó que el cambio violaba la Ley de Procedimiento Administrativo (APA) y la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), estaba motivado por el sesgo racial y antiinmigrante de la Administración Trump y fue autorizado ilegalmente por Ken Cuccinelli, cuyo nombramiento como director de USCIS fue declarado ilegal por una corte federal en marzo de 2020 en respuesta a otra demanda presentada por Democracy Forward, CLINIC, RAICES y la firma Debevoise & Plimpton LLP.

El acuerdo tiene vigencia entre el 21 de marzo de 2022 y el 19 de enero de 2025.

Fuente: JORGE CANCINO

Más de 30 senadores piden renovar TPS para El Salvador, Honduras, Nicaragua y agregar a Guatemala

Un grupo de senadores demócratas pidió al gobierno de Joe Biden que renueve los Estatus de Protección Temporal de tres países centroamericanos y agregue Guatemala a la lista de naciones cuyos connacionales indocumentados tienen un amparo de deportación y una autorización temporal de empleo en EEUU.

Un grupo de senadores demócratas pidió al gobierno de Joe Biden que renueve los Estatus de Protección Temporal (TPS) de tres países centroamericanos y agregue Guatemala a la lista de naciones cuyos connacionales indocumentados tienen un amparo de deportación y una autorización temporal de empleo en Estados Unidos.

Por medio de una carta, el grupo, integrado por 32 senadores, solicitó formalmente que se renueven las protecciones para El Salvador, Honduras y Nicaragua y que amparan a unos 250,000 indocumentados, algunos de los cuales llevan más de dos décadas viviendo en el país.

Los legisladores también pidieron que se incluya por primera vez a Guatemala, país que hasta ahora ha quedado fuera de las designaciones a pesar de la solicitud hecha por ese país centroamericano en varias ocasiones.

Se estima que en Estados Unidos viven alrededor de 1.5 millones de guatemaltecos, de acuerdo con datos proporcionados por el gobierno centroamericano. De ellos, unos 900,000 son indocumentados.

Detalles de la carta

En la misiva, dirigida a los secretarios de los departamentos de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas, y de Estado (DOS), Anthony Blinken, los senadores expresaron su “grave preocupación” por el empeoramiento de las condiciones humanitarias en Centroamérica, que se han visto agravadas en los últimos dos años por la pandemia del COVID-19, y múltiples y devastadores desastres naturales.

Todas estas causales han contribuido notable incremento de la migración irregular desde esos países hacia Estados Unidos en busca de asilo y/o mejores oportunidades para reconstruir sus vidas y familias, señala la carta.

“La crisis en Centroamérica es urgente… Las designaciones y reasignaciones de TPS proporcionarían protecciones críticas para los beneficiarios elegibles y les permitiría cubrir las necesidades básicas de sus familiares en sus países de origen e invertir en alternativas más seguras a la migración irregular», se lee en la misiva.
La carta agrega que «es nuestra evaluación que los graves daños causados por los huracanes consecutivos hace poco más de un año, combinado con las condiciones de sequía extrema, y las crisis sociales y económicas exacerbadas por la pandemia de COVID-19, justifican esta acción por parte del gobierno”.

“Llevamos meses pidiéndolo”

Activistas que defienden los derechos de los inmigrantes celebraron la carta y señalaron que el presidente debe hacer todo lo posible por resguardar a la población indocumentada amparada por el Estatus de protección Temporal.

“Nosotros llevamos meses pidiéndolo”, dice Abel Núñez, secretario ejecutivo del Centro de Recursos Centroamericanos (CARECEN). “Queremos que el presidente conceda un nuevo TPS a El Salvador, Honduras y Nicaragua y agregue esta vez a Guatemala para de esa manera proteger a más personas”.

El activista dijo que los TPS vigentes y que fueron restablecidos por orden judicial tras haber sido cancelados por el expresidente Donald Trump, “fueron otorgados hace años y después de las emergencias que los justificaron otros cientos de miles de indocumentados han llegado a Estados Unidos en busca de las mismas protecciones por nuevos desastres”.

“Si el presidente lo aprueba, en vez de favorecer a unos 300,000 indocumentados como hasta ahora, el programa protegerá de la deportación a por lo menos un millón de inmigrantes”, dijo Núñez. “Todo esto está dentro de la capacidad Ejecutiva del mandatario”.

Reforma estancada

El pedido de los 32 legisladores ocurre en momentos que en el Senado permanece estancado el debate de una reforma migratoria, esto debido al rechazo de la principal asesora de la Cámara Alta (Parlamentarian), Elizabeth MacDonough, de incluir la legalización de millones de indocumentados en el paquete de reconciliación dentro de la Ley de Gasto Social del gobierno.

También debido a que no todos los demócratas están de acuerdo con respaldan la iniciativa y se requiere la totalidad de los 50 votos para avanzar en las discusiones, más el voto de la vicepresidenta Kamala Harris, quien rompe el desempate.

“Debemos aplaudir la carta”, dice Juan José Gutiérrez, director ejecutivo de la Coalición Derechos Plenos para Inmigrantes, en Los Ángeles, California. “Se puede hacer y esperamos que el presidente lo haga, emitirá nuevas protecciones y agregará a Guatemala”.

Gutiérrez dijo además que “es lo correcto. El gobierno debe proteger el TPS de los centroamericanos y extenderlo hasta que el congreso se ponga de acuerdo y decida aprobar la reforma migratoria”.
La reforma mencionada por Gutiérrez se refiere al denominado Plan C, que consiste en un estatus temporal por 10 años para unos 6.5 millones de indocumentados (dreamers, titulares de TPS y trabajadores esenciales, incluyendo campesinos).

La posibilidad de un estatus de residencia permanente fue rechazada en dos ocasiones por MacDonough durante septiembre del año pasado, bajo el argumento que incluir en el ‘paquete de reconciliación’ una vía para legalizar a unos 7 millones de indocumentados aumentará el déficit en unos $140,000 millones durante 10 años, como resultado de la red de seguridad y programas de beneficios a los que tendrían acceso los extranjeros regularizados.

Los TPS

El TPS de Honduras y Nicaragua fue otorgado la primera vez el 5 de enero de 1999 en respuesta humanitaria al paso del huracán Mitch por las costas de Centroamérica a finales de octubre de 1998.

El beneficio migratorio cubre a todos los indocumentados que se hallaban en Estados Unidos al 30 de diciembre de 1998, quienes recibieron un amparo de deportación y una autorización temporal de empleo.

A su vez, el TPS de El Salvador fue activado por primera vez el 9 de marzo de 2001 como parte de la respuesta humanitaria del gobierno federal estadounidense a los terremotos del 13 de enero y 13 de febrero que ese año azotaron al país centroamericano.

La protección cubre a todos los nacionales salvadoreños que se encontraban en territorio estadounidense al 9 de marzo de 2001.

Activistas reiteran que se aprobarse un nuevo TPS, cubriría a inmigrantes indocumentados que están en Estados Unidos por lo menos desde el 1 de enero de 2022.

La carta fue firmada por los senadores Bob Menéndez, Chuck Schumer, Ed Markey, Catherine Cortez Masto, Elizabeth Warren, Patrick Leahy, Ben Cardin, Alex Padilla, Ben Ray Luján, Tina Smith, Bernie Sanders, Cory Booker, Patty Murray, Kirsten Gillibrand, Michael Bennet, Jacky Rosen, Tim Kaine, Richard Blumenthal, Amy Klobuchar, Martin Heinrich, Chris Van Hollen, Mark Warner, Jack Reed, Dick Durbin, Chris Coons, Tom Carper, Tammy Baldwin, Mazie K. Hirono, Jeff Merkley, Dianne Feinstein, Brian Schatz, Tammy Duckworth y Raphael Warnock.

Fuente: JORGE CANCINO

Gobierno Propone Nuevo Forma de Pedir Asilo

«Las personas que reúnan los requisitos necesarios recibirán ayuda más rápidamente, mientras que las que no serán expulsadas de forma expeditiva», explica el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas.

Según el plan, los casos ordinarios de asilo ya no serán remitidos automáticamente al colapsado sistema migratorio gestionado por el Departamento de Justicia, sino que serán supervisados por funcionarios de asilo de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés), que forman parte del Departamento de Seguridad Nacional.

Los defensores del cambio lo ven como una forma de ayudar a los que tienen solicitudes legítimas de protección, al tiempo que permiten a los funcionarios ocuparse más rápidamente de las personas que no reúnen los requisitos para obtener asilo o se aprovechan de la larga demora para permanecer en Estados Unidos.

«Las personas que reúnan los requisitos necesarios recibirán ayuda más rápidamente, mientras que las que no serán expulsadas de forma expeditiva», declaró el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas.

La propuesta debe pasar ahora por un periodo de comentarios públicos, antes de que pueda ser adoptada como una nueva política.

El sistema de cortes de inmigración sufre un retraso histórico de alrededor de 1.3 millones de casos. El Gobierno del expresidente Donald Trump impuso criterios más estrictos para el asilo y obligó a los inmigrantes a buscar protección en México y Centroamérica.

El motivo del cambio de Biden es que en los últimos años ha aumentado el número de personas que solicitan asilo bajo la legislación estadounidense, especialmente en la frontera entre Estados Unidos y México.

Tal y como funciona ahora el sistema, las personas que se presentan en la frontera o son detenidas por la Patrulla Fronteriza y se identifican como solicitantes de asilo deben pasar lo que se conoce como una entrevista de miedo creíble. Un funcionario de asilo del USCIS determina si cumplen los criterios de alguien que se enfrenta a la persecución en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.

Incluso si lo aprueban, su caso se transfiere luego a un juez migratorio y pueden pasar años hasta lograr una resolución.

La teoría en la que se sustenta el cambio propuesto es que los experimentados funcionarios de asilo del USCIS pueden clasificar los casos más rápidamente. Las personas a las que se les deniega el asilo pueden apelar y hacer que su caso se decida en un tribunal de inmigración. Los defensores de la nueva política creen que algunas personas con reclamaciones débiles se verán disuadidas de intentarlo por la denegación temprana.

El Departamento de Seguridad Nacional tiene previsto contratar a 1,000 funcionarios de asilo y 1,000 empleados de apoyo para hacer frente a la carga de trabajo adicional que supondrá el cambio.

Doris Meissner, excomisionada del Servicio de Inmigración y Naturalización (que precedió a USCIS), había pedido anteriormente adoptar este cambio, alegando en un reciente artículo de opinión del Instituto de Política Migratoria que sería «potencialmente un cambio de juego» que equilibraría la protección humanitaria para los elegibles con la necesidad de controlar la frontera.

«El aumento de las llegadas a la frontera entre EE.UU. y México, que es el último de una serie de picos periódicos, hace que este cambio sea aún más convincente», escribió Meissner, ahora miembro del citado instituto.

El porcentaje de concesión de asilo varía mucho según el país de origen y las circunstancias de la persona. Los solicitantes de Honduras recibieron la protección el 10% de las veces, mientras que la tasa para las personas de China fue del 37%, según las estadísticas más recientes de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración.

Deportados que regresan ilegalmente no pueden salir en libertad mientras revisan sus casos

En una decisión dividida (6-3), la Corte Suprema de Justicia falló este martes que los inmigrantes deportados que regresan indocumentados al país no podrán pedir una fianzay deben permanecer detenidos mientras se revisan sus casos, y podrán ser deportados de manera expedita.

El fallo le cierra la puerta a cientos, quizás miles de extranjeros cuyos casos de asilo fueron rechazados o desestimados, los peticionarios recibieron una orden de deportación y fueron expulsados del país y luego regresaron con la esperanza de reabrir sus expedientes.

“Las personas que hayan entrado ilegalmente a Estados Unidos después de haber sido deportados, no tienen derecho a una audiencia de fianza y podrán ser deportados rápidamente bajo la orden de deportación que ya se les había otorgado”, explicó José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida).
“Permanecerán detenidos y no tendrán derecho a una audiencia de fianza mientras se revisan sus casos en los tribunales de inmigración”, agregó.

“El fallo afecta a todas aquellas personas que fueron deportadas de manera expedita en la frontera durante el gobierno de Donald Trump. A muchos de ellos les violaron sus derechos y les cerraron las puertas”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles (California).

“Y también le cierra la puerta a inmigrantes que fueron deportados hace menos de 10 años y las razones por las cuales pidieron asilo y se los negaron, cambiaron y se volvieron más extremas. Ellos tampoco tendrán la oportunidad de pedir fianza y que detengan sus deportaciones para presentar nuevas evidencias”, indicó.
La Corte Suprema argumentó parte de la Sección 1231 de la INA indicando que “si el Fiscal General determina que un extranjero ha vuelto a entrar ilegalmente a Estados Unidos después de haber sido expulsado o de haber salido voluntariamente, en virtud de una orden de remoción, la orden de remoción anterior se restablece de su fecha original y no está sujeto a ser reabierto o revisado, el extranjero no es elegible y no puede solicitar cualquier reparación bajo este capítulo, y el extranjero será removido bajo la orden anterior en cualquier momento después del reingreso ilegal”.

Cabe destacar que en 1996 el Congreso aprobó la denominada Ley del Castigo que sanciona con tres años fuera del país a extranjeros que permanecen más de 180 días indocumentados en el país, y con 10 años si la presencia indocumentada supera los 365 días. Si el no ciudadano durante ese tiempo regresa ilegalmente, la falta se denomina re-entry y se considera una felonía o crimen agravado.

Fin de la disputa

Con esta decisión el máximo tribunal de justicia puso fin a la disputa jurídica en el caso de la inmigrante María Angélica Guzmán Chávez, quien perdió su caso de asilo, fue deportada, regresó al país y volvió a pedir asilo, pero fue detenida por las autoridades federales de inmigración bajo cargos de reingreso ilegal (re-entry), una falta grave que la convierte en inadmisible bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

“La ley dice que los extranjeros que son deportados tras perder sus casos de asilo y vuelven sin autorización al país a solicitar nuevamente la protección del gobierno, son detenidos y enviados a un proceso acelerado de deportación conocido como ‘streamline’, “donde son procesados criminalmente”, señala Ezequiel Hernández, un abogado de inmigración que ejerce en Phoenix (Arizona).

Con esta decisión, la Corte Suprema “revoca un fallo emitido por la Corte de Apelaciones del 4º Circuito y deja claro que una orden final de deportación no se elimina ni queda pendiente cuando una persona aplica a un Withholding of Removal (retención de deportación) cuando pide asilo”, explicó Guerrero.

Opinión de la corte

En el dictamen, la Corte Suprema indicó que la INA “establece procedimientos para expulsar a los extranjeros que viven ilegalmente en los Estados Unidos, así como para determinar si
estas personas son detenidas durante los procedimientos de deportación”.

Agrega que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) “puede arrestar y detener a un extranjero “en espera de una decisión sobre si este debe ser deportado”, y que durante su arresto puede “solicitar la liberación bajo fianza o libertad condicional”.

Pero si se ordena la expulsión de un extranjero y la orden se vuelve «administrativamente definitiva», entonces “la detención se vuelve obligatoria”. Y si un extranjero deportado bajo este proceso vuelve a entrar al país sin autorización, “esa persona enfrenta la reinstalación de la anterior orden de remoción de su fecha original».

“Esa orden no es sujeto a ser reabierta o revisada y el extranjero será deportado bajo la orden anterior en cualquier momento después del reingreso indocumentado”, precisó.

Fuente: JORGE CANCINO

¿Pueden deportados pedir asilo? ¿Se pueden revisar fallos de jueces de inmigración? La Corte Suprema decidirá

El máximo tribunal de justicia tiene en sus manos dos fallos clave. En uno, decidirán si los extranjeros que ya fueron deportados pueden pedir asilo si las circunstancias de sus casos cambiaron significativamente. En el otro, si los tribunales federales tienen jurisdiccion para revisar sentencias de la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA).

El máximo tribunal de justicia de Estados Unidos tiene en sus manos dos casos que involucran a inmigrantes que batallan para no ser deportados y permanecer legalmente en Estados Unidos.

En uno, decidirán si los extranjeros que ya fueron deportados pueden pedir asilo nuevamente si alegan miedo creíble y las circunstancias de sus casos cambiaron significativamente.

En el otro, decidirá si las cortes federales tienen jurisdicción para revisar sentencias emitidas por la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA).

La decisión en ambos casos impactará en el futuro inmediato de cientos, quizás miles de no ciudadanos, principalmente aquellos que han perdido casos de asilo o fueron expulsados de la frontera de manera acelerada cuando llegaron en busca de la protección del gobierno federal.

El caso Guzmán Chávez

En la primera decisión, que podría darse esta semana, los magistrados fallarán en el caso de la inmigrante María Angélica Guzmán Chávez, quien perdió su caso de asilo, fue deportada, regresó al país y volvió a pedir asilo, pero fue detenida por las autoridades federales de inmigración bajo cargos de reingreso ilegal (re-entry), una falta grave que la convierte en inadmisible bajo la ley de inmigración.

“Hasta ahora los extranjeros que son deportados tras perder sus casos de asilo y vuelven a solicitar la protección, son detenidos y enviados a un proceso acelerado de deportación conocido como ‘streamline’, “donde son procesados criminalmente”, dice Ezequiel Hernández, un abogado de inmigración que ejerce en Phoenix (Arizona).
“Una vez finaliza el proceso criminal la persona enfrenta el proceso migratorio. Pero como ya pidió asilo y perdió el caso, no tiene opciones, a menos que ahora la Corte Suprema permita”, agregó.

Política vigente

Los extranjeros que vuelven al país después de haber sido deportados “por lo general no pueden solicitar asilo, pero sí pueden buscar ciertas protecciones si temen ser perseguidos en sus países de origen”, dice Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas (Texas).

Uno de esos beneficios disponibles es acogerse a la Convención Contra la Tortura (CAT) de las Naciones Unidas (ONU).

Cuando la Corte Suprema anunció en junio del año pasado que revisaría en caso Guzmán Chávez, indicó que revisará si los ciudadanos extranjeros con órdenes de deportación ejecutadas pueden regresar y pedir nuevamente asilo, “pero si aportan nuevas evidencias”, señaló Barrón.

Si el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) determina que un extranjero ha entrado ilegalmente a Estados Unidos después de haber sido deportado, “se restablece el orden anterior de eliminación desde su fecha original” y, en esos casos, “el extranjero no es elegible y no puede solicitar cualquier alivio», dice la ley. El gobierno entonces puede deportarlo “bajo la orden ya emitida en cualquier momento después del reingreso”, añade.

Los abogados indican que el fallo de la Corte Suprema puede cambiar esta norma y abrir una puerta para que los deportados, si las circunstancias del primer caso cambian sustancialmente y la vida de la persona está en riesgo.

Caso Patel

En el segundo caso, Patel v. Garland, a Corte Suprema aceptó escuchar este jueves los argumentos y emitir una decisión probablemente en otoño.

Se trata de la decisión emitida por los jueces del 11º Circuito de Apelaciones, quienes determinaron que las cortes federales no tienen jurisdicción para revisar sentencias emitidas por la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA).

La disputa se generó tras el juicio de un no ciudadano que al momento de tramitar una licencia de manejar en el estado de Georgia, “marcó una casilla que indicaba falsamente que se trata de un estadounidense, a pesar de que era elegible para una licencia independientemente de su ciudadanía”, se lee en un informe del tribunal.

Cuando Patel más tarde buscó ajustar su estatus a residente legal permanente (Green Card), un panel dividido de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) le negó el alivio, sosteniendo que él era inadmisible porque se “representó falsamente” a sí mismo como ciudadano estadounidense por un beneficio bajo la ley estatal.

Cuando Patel apeló la decisión, la Corte de Apelaciones del 11º Circuito en pleno se separó de las decisiones de otros tribunales y rechazó la lectura del propio gobierno del estatuto rector para sostener que el tribunal carecía de jurisdicción para revisar los hallazgos de elegibilidad para una exención discrecional de deportación, incluso si el inmigrante es inadmisible por representarse incorrectamente a sí mismo como ciudadano estadounidense”.

Las justificaciones

Durante la audiencia de deportación, Patel argumentó que no tuvo “la intención” de haber respondido de una manera diferente a la pregunta señalada en el formulario de la licencia de manejar de Georgia, y que simplemente había “cometido un error”.

Indicó además que había proporcionó su número de registro de extranjero y su permiso de trabajo al Departamento de Vehículos y Motores (DMV), lo que sugiere que no tendría sentido documentar su condición de no ciudadano si su objetivo era hacerse pasar por ciudadano estadounidense, indican los documentos judiciales.

A pesar de los alegatos, el juez de inmigración rechazó los argumentos del inmigrante y determinó que Patel no era creíble y que había sido “evasivo”, y tampoco explicó exactamente cuál fue el error que cometió.

Cuando el caso escaló a la Corte de Apelaciones del 11º Circuito, los jueces de esta instancia determinaron que no tenían jurisdicción sobre el caso.

Futuro inmediato

Ambos fallos son “extremadamente importantes”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida). En el primer caso, “abre las puertas a muchos cuyas circunstancias del asilo han cambiado y tendrán la oportunidad de presentar una moción de reapertura de sus casos”.

En la revisión del caso Patel, el tribunal clarificará si el hecho “que una persona cometa una mentira material, esto puede influenciar en la decisión del oficial o funcionario que otorga un beneficio, entonces esta persona se convierte en inadmisible”.

“Si la corte dice que revisará la decisión, tendrá que decidir si las cortes federales tienen jurisdicción o no para revisar las decisiones de la BIA”, indicó Guerrero.

“Si la corte falla a favor de 11º Circuito de Apelaciones, quien dijo que no tenía jurisdicción sobre el caso Patel, la corte federal no podrá revisar la sentencia de la BIA y sentará un precedente nefasto para miles de otros expedientes que han recibido una sentencia por parte de la BIA. Se convertirán en sentencias finales”.

Fuente: JORGE CANCINO

Solicitantes de Asilo Devueltos Tendrán Nueva Oportunidad

El gobierno de Biden ampliará el procesamiento de solicitudes de asilo presentadas bajo el Programa de Protección del Migrante (MPP) que fueron rechazados o desestimados durante el gobierno anterior, según informaron el martes la Agencia The Associated Press y el diario The Washington Post. La medida beneficiaría a unas 10,000 personas.

El gobierno estadounidense ampliará el procesamiento de solicitudes de asilo presentadas bajo el Programa de Protección del Migrante (MPP) que fueron rechazados o desestimados durante el gobierno anterior, señalaron el martes la Agencia The Associated Prtess y el diario The Washington Post.

También conocido como Programa Quédate en México, el MPP afectó a más de 65,000 personas entre enero de 2019 y enero de este año, cuando fue cancelado por el gobierno de Joe Biden.

El controvertido programa no permitía a los extranjeros pedir asilo y permanecer en territorio estadounidense aunque alegaran miedo creible de persecución. Los inmigramtes eran devueltos a México a esperar en ese país la resolución de sus casos en los tribunales de inmigración estadounidenses.

El cambio

La nueva medida será activada el miercoles y beneficiaría a unas 10,000 personas, según dijo a la AP Michele Klein Solomon, directora regional de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) en Centroamérica, Norteamérica y el Caribe.

La entidad es una de las agencias de la ONU que colabora en este proceso.

The Washington Post, a su vez, citando fuentes del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), dijo que miles de solicitantes de asilo cuyas reclamaciones fueron desestimadas o denegadas bajo una política de tolerancia cero de Trump “podrán regresar para tener otra oportunidad de protección humanitaria”.

No está claro, por ahora, cuántas personas serán elegibles para ser liberadas en Estados Unidos en espera de una decisión sobre sus casos de asilo en la Corte de Inmigración.

Miles de casos activos

Tras la cancelación del MPP en febrero, el DHS dijo que de los más de 65,000 casos registrados bajo el MPP, unos 25,000 se encontraban activos.

El resto fue desestimado por diversas razones, entre ellas, que los jueces desestimaron los pedidos por la no presentación en corte de los petricionarios; porque las causas no se ajustaban a los requerimientos estipulados en la ley der asilo; porque los afectados recibieron Notificaciones de Comparescencia (NTA) fallidas.

El gobierno de Biden ha dicho que luego de revertir gran parte de la polìtica de Trump en la frontera y restablecer el asilo, permitirá el respeto al debido proceso y que los inmigrantes serán tratados con respeto.

La pandemia

La Organización Internacional para las Migraciones para América del Norte, América Central y el Caribe dijo a la AP que estaba trabajando en estrecha colaboración con el gobierno de Biden para llevar a las personas a la frontera y asegurarse de que den negativo en la prueba de COVID-19 antes de que se les permita ingresar al país.

La mayoria de los más de 65,000 inmigramtes devueltos a México bajo el MPP son originarios del denominadio Triángulo Norte de Centroamérica (El Salvador, Guatemala y Honduras) y México, personas que debido a la violencia doméstica y de pandillas, la pobreza y los efectos del cambio climático huyen de sus naciones para buscar asilo en Estados Unidos, donde la mayoría tiene familiares.

Bajo el gobierno de Trump, la violencia domñestica y de pandiullas no constityyerion causa de asilo. Pero la semana pasada el Departamento de Justicia (DOJ) retiró dos fallos que fueron dictados en 2018 por el entonces fiscal general Jeff Sessions, restableciendo ambas causales como motivos legítivos para pedir la protección del gobierno estadounidense.

El cambio anterior

La tercera semana de mayo el gobierno de Biden acordó permitir la entrada al país de unas 250 personas diarias para que soliciten asilo, beneficio migratorio no solo restringido durante el gobierno de Trump, sino también afectado severamente por la pandemia del coronavirus.

La concesión forma parte de un acuerdo judicial alcanzado el con la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), que demandó ante una corte federal del Distrito de Columbia la implementación del Título 42 del Código de Estados Unidos, medida implementada el año pasado como parte de los esfuerzos para detener la propagación de la pandemia, pero que al mismo tiempo impidió que miles de personas solicitaran asilo.

El acuerdo forma parte de las negociaciones para resolver la demanda, dijo Lee Gelernt, abogado de la ACLU.

Diez días después, el gobierno anunció la implementación de un plan que permitirá acelerar los procesos de familias que llegan “entre puertos de entrada” de la frontera con México en busca de asilo.

Razones oficiales

El programa permitirá “tomar decisiones de manera más rápida y justa en casos de inmigración de familias que llegan entre los puertos de entrada en la frontera suroeste”, dijeron los secretarios de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas, y de Justicia, Merrick Garland en un comunicado.

Hasta ahora las familias (unidades familiares) que llegaban a la frontera en busca de asilo estaban siendo expulsadas aceleradamente a México bajo el Título 42 del Código de Estados Unidos por la pandemia del coronavirus, una medida adoptada el año pasado.

Tras asumir el control de la Casa Blanca, en enero, Biden eliminó gran parte de la política migratoria e tolerancia cero en la frontera, entre ella el Programa de protección del Migrante (MPP), pero mantuvo vigente el Título 42.

El lunes Univision Noticias reportó que la Casa Blanca estudia el retiro del Título 42 durante el mes de julio, decisión que tomará en consulta con las medidas de seguridad sanitaria dictadas por los Centros para el Control de las Enfermedades (CDC).